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Comisión de la Verdad

El Decreto 1776 del 28 de agosto de 2022, estableció la liquidación de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición en adelante Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición en liquidación, artículo 1° “ Supresión y Liquidación. Declárase a partir del 28 de agosto de 2022 de conformidad con lo previsto en el artículo 1 del Decreto Ley 588 de 2017, en concordancia con lo expuesto por la Corte Constitucional en sentencia C-337 de 2021 la supresión de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición por vencimiento del plazo de conformidad con lo establecido en el artículo 1 del Decreto Ley 588 de 2017, en consecuencia a partir de la vigencia del presente Decreto dicha comisión entrará en proceso de liquidación y se denominará Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición en liquidación..

Así mismo, articulo 15. Plazo de la liquidación. "El plazo para adelantar el proceso de la liquidación de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición en Liquidación será de seis (6) meses, contados a partir de la entrada en vigencia del presente decreto. Vencido el término de liquidación aquí señalado, terminará para todos los efectos la existencia jurídica de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición en liquidación. El Gobierno Nacional podrá prorrogar el plazo fijado mediante decreto debidamente motivado"

Dicho plazo fue prorrogado mediante el Decreto 0263 de 2023, articulo 1. Prorrogar el plazo dispuesto para adelantar el proceso de liquidación de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición en Liquidación, establecido en el artículo 15 del Decreto 1776 de 2022, por tres (3) meses contados a partir de la entrada en vigencia-del presente Decreto"

En consecuencia no le aplica desarrollar un Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano (PAAC) , dado que solamente esta facultada para ejecutar los actos que tiendan a facilitar la realización de una liquidación rapida y efectiva. 

© 2022 Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición

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