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Comisión de la Verdad

Es de tener en cuenta que el Decreto 1776 de 2022: "Por el cual se liquida la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición" establece en el artículo 10°:
 

Inventario de procesos judiciales y reclamaciones. El Liquidador de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición en Liquidación deberá presentar al Ministerio de Justicia y del Derecho, dentro de los tres (3) meses siguientes a su posesión, un inventario de todos los procesos judiciales y demás reclamaciones en las cuales sea parte la entidad, el cual deberá contener la información que establezca las carteras ministeriales aludidas con anterioridad.  

Parágrafo 1°. El archivo de procesos judiciales y de reclamaciones y sus soportes correspondientes, será entregado al Ministerio de Justicia y del Derecho debidamente inventariado con una técnica reconocida para tal fin, conjuntamente con una base de datos que permita la identificación adecuada.  

Parágrafo 2°. Con el propósito de garantizar la adecuada defensa del Estado, el Liquidador de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición en Liquidación como representante legal de la misma, continuará atendiendo, dentro del proceso de liquidación y hasta tanto se efectúe la entrega de los inventarios, conforme a lo previsto en el Decreto ley 254 de 2000, los procesos judiciales y demás reclamaciones en curso o los que llegaren a iniciarse dentro de dicho término.  

En ese orden de ideas una vez finalizado el periodo de la Comisión de la Verdad en liquidación los procesos judiciales serán asumidos por el Ministerio de Justicia y del Derecho.
 
 
Demandas que cursan actualmente en la entidad. Clic aquí 
 
 
Toda la información litigiosa de la entidad, se puede evidenciar en el aplicativo de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica  -Ekogui-, al cual se puede acceder a través del siguiente link: 
 
 
 
Si desea acceder a la política de prevención del daño antijurídico que aplica la Comisión de la verdad en liquidación por favor dirigirse al siguiente link:
 
 
En el numeral  3. Códigos, fichas, Estatutos, Políticas, Reglamento, encontrará la Política.
 

 

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