Informe de Peticiones, quejas, reclamos, denuncias y solicitudes de acceso a la información
Según lo descrito en el Artículo 4 del Decreto 1776 de 2022, dentro de las funciones del liquidador, se encuentran: ... Rendir informe mensual de su gestión a la Presidencia de la República y los demás que se le soliciten; Presentar a la Presidencia de la República el informe final general de las actividades realizadas en el ejercicio de su encargo. A partir de esto, dentro de los informes mencionados se incluirá la información correspondiente a la gestión de PQRSD.
Los informes presentados hasta la fecha, se pueden consultar en el siguiente enlace: https://web.comisiondelaverdad.co/transparencia-liquidacion/informes-de-gestion-evaluacion-y-auditoria/informe-de-gestion.
Teniendo en cuenta que mediante el Decreto 0263 de 2023 el plazo para efectuar la liquidación de la Comisión de la Verdad se prorrogó hasta el 27 de mayo de 2023, mediante la Circular Externa 002 de 2023, el Liquidador comunicó a la ciudadanía en general, que hasta esa fecha se dará respuesta a las PQRSD radicadas en los canales dispuestos por la Comisión y que posterior a esta fecha unicamente aquellas relacionadas con el Fondo Documental de la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición, serán resueltas por el Archivo General de la Nación, entidad que conforme a lo establecido en el artículo 12 del Decreto 1776 de 2022 , tendrá a cargo el depósito, conservación, preservación, custodia, protección, seguridad y administración del archivo en cumplimiento del principio de máxima divulgación de la información pública.