Glosario
Término | Definición |
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Impacto multigeneracional | Efectos o repercusiones de experiencias traumáticas que recaen de manera simultánea en varias generaciones. |
Impacto social y humano | Consecuencias de diverso tipo que impactan a personas, familias, comunidades y la sociedad como resultado del conflicto armado. Pueden ser psicosociales (emocionales, comportamentales y de pensamiento), culturales, relacionales, económicas, ambientales, de salud, de creencias básicas y actitudes sociales ante la violencia y de orden político y organizativo. Desde el punto de vista psicosocial, este impacto hace alusión al trauma, crisis y duelos que deben ser abordados como parte de la reconstrucción del tejido social. |
Impactos intergeneracionales | Efectos o repercusiones de experiencias traumáticas que se traducen en conflictos entre generaciones. |
Impactos psicosociales | Consecuencias emocionales, comportamentales y de pensamiento generadas en personas, familias, comunidades y en la sociedad con ocasión del conflicto. Desde el punto de vista psicosocial, estos impactos pueden manifestarse a través de traumas, crisis y duelos y deben ser abordados como parte de la reconstrucción del tejido social. |
Impactos transgeneracionales | Son aquellos que dan cuenta de los efectos o las repercusiones de experiencias traumáticas heredadas, que se manifiestan en las generaciones de los descendientes de quienes las sufrieron de manera directa. Estos impactos dan cuenta de la perpetuación del trauma ante contextos de impunidad, así como de la ineficiencia de los gobiernos frente a su obligación de responder y atender los impactos de la guerra, incluido su deber de reparar integralmente a las víctimas. |
Información | |
Información pública | |
Información pública clasificada | |
Información pública reservada | Aquella que reúne las siguientes condiciones: está en poder o custodia de un sujeto obligado, el acceso a ella puede ocasionar un daño a intereses públicos y se encuentra expresamente prohibida para la ciudadanía en la Ley. Esta prohibición es legítima cuando atiende las circunstancias previstas en el Artículo 19 de la Ley 1712 de 2014[1].
[1] [16] a) Defensa y seguridad nacional; b) Seguridad pública; c) Relaciones internacionales; d) Prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso; e) Debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales; f) Administración efectiva de la justicia; g) Derechos de la infancia y la adolescencia; h) Estabilidad macroeconómica y financiera del país; i) Salud pública; j) Documentos que contengan opiniones que hagan parte del proceso deliberativo de los servidores públicos (documentos en construcción). |