Información pública reservada
Término | Definición |
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Información pública reservada | Aquella que reúne las siguientes condiciones: está en poder o custodia de un sujeto obligado, el acceso a ella puede ocasionar un daño a intereses públicos y se encuentra expresamente prohibida para la ciudadanía en la Ley. Esta prohibición es legítima cuando atiende las circunstancias previstas en el Artículo 19 de la Ley 1712 de 2014[1].
[1] [16] a) Defensa y seguridad nacional; b) Seguridad pública; c) Relaciones internacionales; d) Prevención, investigación y persecución de los delitos y las faltas disciplinarias, mientras que no se haga efectiva la medida de aseguramiento o se formule pliego de cargos, según el caso; e) Debido proceso y la igualdad de las partes en los procesos judiciales; f) Administración efectiva de la justicia; g) Derechos de la infancia y la adolescencia; h) Estabilidad macroeconómica y financiera del país; i) Salud pública; j) Documentos que contengan opiniones que hagan parte del proceso deliberativo de los servidores públicos (documentos en construcción). |