Dato privado
Término | Definición |
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Dato privado | Aquel que por su naturaleza íntima o reservada solo es relevante para su titular[1]. Únicamente puede accederse a ellos por orden de autoridad judicial competente y en ejercicio de sus funciones. Algunos de los datos privados son los libros de los comerciantes, los documentos privados, las historias clínicas y los datos obtenidos en razón de la inspección de domicilio o tras la práctica de pruebas en procesos penales sujetas a reserva.
[1] Ley 1266 de 2008, Art. 3°, Lit. “h)”. [2] Corte Constitucional, Sentencia C-1011 de 2008 (revisión de constitucionalidad de la Ley Estatutaria 1266 de 2008), punto “2.5. |